ODS 6 y la recuperación sostenible

Rectangular Spanish SDG 6

Aspectos clave del ODS 6 relacionados con la COVID-19

1. Acceso a agua potable y saneamiento e higiene adecuados y equitativos, incluso mediante la cooperación internacional y el apoyo a la creación de capacidad (metas 6.1, 6.2, 6.a)

Los riesgos para la salud, incluido el riesgo de contraer la COVID-19, se agravan por la falta de acceso a un saneamiento adecuado y a agua potable. 4200 millones de personas no disponen de servicios de saneamiento gestionados de forma segura y 3000 millones carecen de instalaciones básicas para lavarse las manos, lo que les impide adoptar medidas básicas de prevención y seguridad para la COVID-19, como el lavado de manos. La COVID-19 ha destacado el papel fundamental de la inversión adecuada en servicios básicos de agua y saneamiento, incluso a través de la cooperación internacional eficaz y el apoyo para la creación de capacidad.

La desigualdad es una consideración clave para lograr el acceso a un saneamiento e higiene adecuados para todos. Las comunidades y grupos sometidos a discriminación y desventajas estructurales suelen carecer de servicios básicos como el acceso a agua e instalaciones sanitarias, jabón y desinfectante.

Los hogares encabezados por mujeres se enfrentan a mayores riesgos para la salud causados por el acceso deficiente al agua potable y al saneamiento, ya que es más probable que tengan viviendas inadecuadas. Los niños con discapacidades y los que viven en entornos humanitarios suelen estar especialmente desprovistos en lo que respecta a estos servicios.

El acceso al agua potable y al saneamiento ha sido reconocido como un derecho humano esencial para la consecución del derecho a un nivel de vida adecuado, el nivel de salud más alto alcanzable y al derecho a la vida y a la dignidad humana.

Respuesta sostenible y medidas de recuperación:

La pandemia de la COVID-19 ha demostrado la importancia fundamental de invertir y ampliar el acceso a un saneamiento, higiene y acceso adecuados al agua potable para prevenir y contener enfermedades.

Deben garantizarse en todo momento y bajo todas las circunstancias los niveles mínimos de los derechos humanos fundamentales al agua y al saneamiento. Es necesario transformar la urgente necesidad planteada por la crisis de salud pública en garantías y salvaguardias para cumplir los derechos humanos al agua y al saneamiento mediante cambios políticos y legales.

Los gobiernos deben aplicar o restablecer la política de prohibición de los cortes de agua, así como de otros suministros básicos y garantizar una cantidad mínima esencial de agua y suministros básicos esenciales a aquellos que tienen dificultades para pagar dichos servicios y suministros.

Consulte los documentos y recursos enumerados en las "Directrices clave en materia de derechos humanos" para obtener más información.

Ejemplos de normas y leyes de derechos humanos relacionados:

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), art. 11.1: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), art. 14.2.h:

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a: h) Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD), art. 28.2.a: Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la protección social y a gozar de ese derecho sin discriminación por motivos de discapacidad, y adoptarán las medidas pertinentes para proteger y promover el ejercicio de ese derecho, entre ellas: Asegurar el acceso en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad a servicios de agua potable y su acceso a servicios, dispositivos y asistencia de otra índole adecuados a precios asequibles para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad;

Además del derecho al agua potable y al saneamiento (reconocida en la Resolución 64/292 de la ONU), Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), art. 24.2.c: Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para:: (c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente;

 

Directrices clave en materia de derechos humanos:

 

El gráfico muestra el número de recomendaciones producidas por los mecanismos de supervisión de Naciones Unidas que están relacionadas con cada Meta del ODS 6 (Agua limpia y saneamiento). Hay 1673 recomendaciones relacionadas con la meta 6.1.; 1588 recomendaciones relacionadas con la meta 6.2.; y 376 recomendaciones relacionadas con la meta 6.3. Fuente: Explorador de Datos de los ODS-Derechos Humanos, DIHR.
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